InicioComunicadosRecálculo del Bono de Desempeño 2019

Recálculo del Bono de Desempeño 2019

Estimadas socias y socios:

Informamos que, de acuerdo a la reunión que sostuvimos con la administración respecto al pago y nuevo cálculo del bono de evaluación de desempeño, se darán a conocer las nuevas notas y valores a pagar.

Todo esto obedece estrictamente las cláusulas del contrato colectivo de 2016 donde la gran mayoría de los socios están afectos (incluidos nosotros como dirigentes) y al contrato colectivo de 2017 donde, en referencia a ello, les explicamos lo siguiente:

1-Escala de Notas.

a) Escala de 1 a 5: corresponde a la escala de notas que se utilizará en las evaluaciones futuras y pagadas en los años 2021, 2022 y 2023, en función y cumplimiento de nuestro último contrato colectivo de diciembre 2019.

b) Escala de 1 a 6: corresponde ser utilizada de acuerdo a lo dispuesto legalmente en la negociación colectiva del año 2016 (543 socios del Sindicato 2 afectos a este contrato) y del año 2017 (231 socios afectos únicamente a este contrato colectivo).

c) A todos los socios que fueron evaluados con nota 3.0, 3.1 y 3.2 en relación a la Escala de Notas del 1 al 5 recibirían «el bono corporativo y el bono individual». Cuando se realiza la conversión a la Escala de Notas del 1 al 6 se obtendrían notas inferiores a 4 (tal como indica la escala adjunta). Según lo dispuesto en los contratos 2016 y 2017 solo recibirían el bono corporativo. Es por esto que con el fin de no dejar fuera el bono individual para estos socios solicitamos a la administración que se les asociara una nota 4 para poder recibir ambos bonos como fue informado anteriormente.

2-Socios afectos al pago de bono según contrato colectivo: total 774 socios.

a) Contrato colectivo 2016: son 543 socios, cuyo fondo del 3% es menor debido que la concentración de cargos de rentas altas (JS y SS) es baja en comparación a la gran masa que conforma este grupo.

b) Contrato colectivo 2017: son 231 socios, aquellos que ingresaron a la empresa después del 1 de abril 2017 (reforma al código del trabajo) y que se afiliaron a nuestro sindicato. Percibirán un bono un poco mayor, debido que la concentración de cargos de rentas altas (JS y SS) no es tan baja en comparación a la masa de este grupo.

3-Apelaciones de nuestros socios.

a) Una vez que se le informe la nueva nota y bono respectivo a cada trabajador, este tendrá derecho a apelar nuevamente a la casilla de Serviestado (por favor reenviar también a nosotros sus argumentos).

b) Esperamos que se cumpla el plazo de una semana para el envío de sus apelaciones, a fin de poder luego conformar la mesa de apelación con la administración con el objetivo de anticipar el pago de dicho bono.

4-En conclusión:

a) Entendemos que las cláusulas en los contratos colectivos deben respetarse a cabalidad. De lo contrario se caería en una práctica antisindical.

b) Si bien este es el último acto, y solo por este año, que debe realizarse conforme a lo dispuesto en la cláusula del contrato de 2016, es necesario para poder dar fin a este proceso con dicha escala de notas, además del fondo a repartir.

c) A partir de los próximos 3 años la empresa debe respetar la cláusula del nuevo contrato de 2019, donde la escala será de 1 a 5. La planilla del 3% corresponde que se reparta solo con nuestros socios afectos a este contrato y que eventualmente es más alta, ya que se conforma por más jefaturas y supervisores con sus rentas y existen menos licencias médicas. Por ende, el bono de todos nuestros socios es más alto siempre y cuando, como es hasta ahora, sigamos siendo la organización con amplia superioridad de socios.

d) Además, los próximos 3 años se harán evaluaciones semestrales en donde el trabajador podrá ser evaluado en un tiempo más acotado y ambas notas semestrales se podrán promediar, pudiendo también tener la opción de mejora de un semestre a otro.

Atentamente

Directiva Nacional Sindicato N°2 ServiEstado.

¡Te apoyamos a trav
Sindicato propone me
NO HAY COMENTARIOS

DEJA UN COMENTARIO