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Consideraciones en torno a un despido

Estimados socios y socias:

Las relaciones laborales no siempre son pacíficas y muchas veces nos encontramos con que es el empleador quien no cumple con las obligaciones propias de un contrato de trabajo. Es por ello que debemos tener presentes algunas consideraciones en torno a un despido:

Carta de despido:

Es un escrito que se debe entregar al trabajador que ha sido desvinculado. El empleador tiene la obligación de enviarla mediante correo certificado (carta certificada) al domicilio del trabajador. Usted como trabajador NO ESTÁ OBLIGADO A FIRMAR. El despido se produce con el envío de la carta al domicilio particular señalado en el contrato, por lo tanto, al momento que le muestren la carta de despido (en caso de que eso ocurra) solo preocúpese de verificar que el domicilio señalado en ella sea su domicilio actual y en lo posible fotografiar.

Finiquito:

Este deberá ser puesto a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles desde producida la desvinculación. El trabajador NO ESTÁ OBLIGADO a firmarlo el mismo día que el empleador lo pone a su disposición. Esto quiere decir que usted puede ir a la Notaría, revisar el finiquito (verificar que los montos indicados ahí sean los correctos, como indemnizaciones, feriado proporcional y descuentos si es que los hay), fotografiar y enviarlo al sindicato para su revisión. Se puede firmar el día que usted tenga la seguridad de que su finiquito está correcto.

Si usted se ve en esta situación, contáctese inmediatamente con un dirigente sindical.

 

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